Módulo 2: Estatuto Administrativo · OTEC JCCD
Estatuto Administrativo OTEC JCCD LTDA
🎓 OTEC JCCD LTDA · Módulo 2 · Administración Pública

Estatuto Administrativo

Marco jurídico esencial de la Ley N° 18.834: carrera funcionaria, derechos, obligaciones, régimen disciplinario y evaluación en el servicio público chileno.

Módulo 2 · Introducción

Objetivo del Módulo

Comprender el marco jurídico que regula la carrera funcionaria y las relaciones laborales en el sector público chileno, con base en la Ley N° 18.834 y sus modificaciones, aplicando sus principios en la gestión cotidiana de los servicios públicos.

📜

Marco Legal

Fundamentos de la Ley N° 18.834 y el DFL N°29 que regulan el empleo público en Chile.

🏆

Ingreso Meritocrático

Sistema de concursos públicos, requisitos de ingreso y período de prueba para funcionarios de planta.

⚖️

Derechos y Deberes

Derechos fundamentales de los funcionarios y obligaciones esenciales de probidad y transparencia.

🔍

Régimen Disciplinario

Clasificación de faltas, sanciones progresivas y procedimientos garantistas de defensa.

📊

Evaluación de Desempeño

Sistema de calificaciones, listas de mérito y su impacto en la carrera funcionaria.

🚪

Término de la Relación

Causales de cese: renuncia, jubilación, destitución, término de contrata y supresión de cargo.

Marco Jurídico

¿Qué es el Estatuto Administrativo?

La Ley N° 18.834 es el cuerpo normativo fundamental que establece las reglas del empleo público en Chile, garantizando profesionalización, mérito y estabilidad en la función pública.

Tres funciones esenciales del Estatuto Administrativo
🔄

Regula la carrera funcionaria

Define cómo ingresan, se desarrollan y cesan los funcionarios públicos en todos los servicios del Estado chileno.

⚖️

Establece derechos y deberes

Determina las obligaciones que deben cumplir los servidores públicos y los derechos que les asisten en su relación con el Estado.

🔍

Define el régimen disciplinario

Establece las consecuencias del incumplimiento y los procedimientos sancionatorios con garantía de defensa.

Origen y evolución histórica
1989 · Promulgación

Ley N° 18.834 original

Promulgada durante el gobierno militar, establece por primera vez un estatuto unificado para los funcionarios de la administración del Estado chileno.

2004 · Refundición

DFL N°29 — Texto coordinado

Incorpora múltiples modificaciones acumuladas y establece el texto refundido, coordinado y sistematizado que rige actualmente.

2003 · Ley N° 19.882

Alta Dirección Pública

Crea el Sistema de Alta Dirección Pública (ADP) y el Servicio Civil, modernizando la selección de directivos públicos mediante concursos especializados.

Hoy · Desafíos vigentes

Modernización pendiente

Debate sobre teletrabajo, gestión por resultados, brecha planta-contrata y sistemas de evaluación más efectivos para el siglo XXI.

💡

Ámbito de aplicación

La ley aplica principalmente a funcionarios de planta y a contrata que se desempeñan en los diversos servicios públicos del Estado chileno, desde ministerios hasta servicios descentralizados. Quedan excluidos los servicios que tienen estatutos especiales propios, como las Fuerzas Armadas y Carabineros.

Definiciones Clave

Conceptos Estructurales de la Ley

Para comprender el Estatuto Administrativo chileno es esencial dominar tres conceptos que determinan la naturaleza de la relación laboral en el sector público. Haz clic en cada tarjeta para ver sus características.

🏛️

Cargo Público

Función administrativa ejercida en instituciones estatales de Chile.

↩ clic

Características

  • Funciones específicas asignadas
  • Responsabilidades definidas por ley
  • Requisitos de ingreso establecidos
  • Remuneración según grado y escalafón
📋

Planta de Personal

Conjunto de cargos permanentes asignados por ley a cada institución.

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Características

  • Creados por ley específica
  • Estructura orgánica del servicio
  • Número, grados y remuneraciones
  • Estabilidad laboral garantizada
📅

Empleo a Contrata

Vinculación temporal con el Estado, sujeta a renovación anual.

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Características

  • Renovación máximo al 31 de diciembre
  • Sin inamovilidad de planta
  • Necesidades específicas del servicio
  • Jurisprudencia limita arbitrariedad
🤝

Cargos de Confianza

Categoría especial fuera del régimen general del estatuto.

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Características

  • No sujetos a carrera funcionaria
  • Designación discrecional política
  • Regulados por Ley N° 19.882
  • Jefes de gabinete y asesores ADP
📌

Artículo 3 — Definiciones esenciales

Este artículo establece los conceptos fundamentales: define qué es un funcionario público, qué se entiende por cargo público, planta y contrata, y precisa qué servicios quedan sujetos a la ley y cuáles tienen regímenes especiales. Es la base interpretativa de todo el cuerpo legal.

Ingreso y Carrera

Sistema Meritocrático de Ingreso

El ingreso a la función pública chilena se rige por principios de transparencia, mérito y objetividad que garantizan igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos.

Etapas del concurso público (caso real: Ministerio de Desarrollo Social)
1

Publicación y Difusión

Bases publicadas en empleospublicos.cl por 10 días hábiles, especificando requisitos, funciones, renta y cronograma. En el caso estudiado: 167 profesionales postularon.

2

Evaluación Curricular

Pauta objetiva: formación académica (30%), experiencia laboral (40%), capacitación especializada (20%), otros méritos (10%). Resultado: 25 finalistas seleccionados.

3

Evaluación Psicolaboral y Técnica

Los 25 finalistas rinden prueba de conocimientos técnicos y evaluación psicolaboral. Los 12 mejor evaluados pasan a entrevistas con el comité de selección.

4

Selección Final y Nombramiento

El comité elabora nómina con los tres mejores puntajes. La autoridad selecciona al candidato de mayor puntaje para empleo a prueba por seis meses.

5

Período de Prueba

Seis meses (prorrogable), evaluaciones periódicas de la jefatura directa, sin inamovilidad. Culmina con titularidad si el desempeño es satisfactorio. (Art. 17)

🏆

Principios rectores del ingreso

Todo cargo de planta debe llenarse mediante concurso público y abierto. Los postulantes son evaluados mediante instrumentos técnicos que eliminan consideraciones subjetivas. El proceso tomó 90 días desde publicación hasta nombramiento en el caso analizado, con total transparencia de criterios.

Modalidades de Empleo

Funcionario de Planta vs. Funcionario a Contrata

Esta distinción fundamental tiene profundas implicaciones en la estabilidad laboral, los derechos y el desarrollo profesional dentro del Estado chileno.

P

Funcionario de Planta

Goza de inamovilidad y estabilidad laboral que permite planificar la vida profesional con certeza. Ingreso por concurso público obligatorio. Derecho a carrera funcionaria completa: ascenso, calificación, capacitación. Solo puede cesar por causales establecidas en la ley (renuncia, jubilación, destitución, supresión de cargo).

C

Funcionario a Contrata

Vinculación temporal renovable anualmente hasta el 31 de diciembre. No goza de inamovilidad plena, aunque la jurisprudencia chilena reciente ha establecido límites a la discrecionalidad cuando existe expectativa legítima de renovación por múltiples años consecutivos. Genera inequidad y precariedad al interior del Estado.

Artículos clave de la Ley 18.834 relacionados

Artículos 15–20

Regulan mecanismos de ingreso, obligatoriedad de concursos, requisitos generales (nacionalidad, edad, salud, idoneidad moral) y el período de prueba de seis meses.

Artículos 27–37

Establecen el sistema de evaluación de desempeño, listas de calificación del 1 al 4, periodicidad y consecuencias en materia de ascensos y permanencia.

Artículos 78–82

Consagran los derechos fundamentales: estabilidad, remuneración, capacitación, protección contra acosos, feriados, permisos y garantías procesales.

Artículos 55–66

Detallan exhaustivamente los deberes y prohibiciones: cumplir funciones con probidad, guardar secreto, mantener jornada, prohibición de doble empleo.

⚠️

Desafío actual: brecha planta-contrata

Miles de funcionarios llevan años a contrata, generando una inequidad estructural dentro del Estado. El debate público chileno identifica esto como uno de los principales pendientes del Estatuto Administrativo, pues impacta directamente en la motivación, el compromiso y la capacidad del Estado para retener talento.

Derechos y Deberes

Derechos Fundamentales de los Funcionarios

El Estatuto Administrativo consagra un conjunto de derechos que protegen a los servidores públicos chilenos y garantizan el ejercicio digno de la función pública.

Derechos principales (Arts. 78–82, Ley 18.834)
🏛️

A la función pública

Acceso en igualdad de condiciones.

💰

Remuneración justa

Sueldo base + asignaciones por ley.

📈

Ascenso y desarrollo

Postular a cargos superiores por mérito.

🎓

Capacitación continua

Derecho irrenunciable y deber institucional.

🛡️

Estabilidad laboral

Protección contra cesaciones arbitrarias.

🏖️

Feriados y permisos

Feriado legal, licencias y permisos especiales.

👨‍👩‍👧

Asignaciones familiares

Beneficio por cargas familiares acreditadas.

⚖️

Debido proceso

Derecho a defensa en procedimientos disciplinarios.

📌

Protección social ampliada

Los funcionarios públicos chilenos acceden además a: sistema FONASA con aportes del empleador, cotizaciones previsionales, seguro de cesantía para contratas, viáticos por comisiones de servicio, y subrogación remunerada cuando corresponda. El conjunto forma un sistema de protección social robusto.

Obligaciones

Obligaciones y Prohibiciones Funcionarias

El servicio público implica responsabilidades que van más allá del cumplimiento de un horario. Los funcionarios deben encarnar valores de probidad, transparencia y dedicación al interés general.

Cumplimiento con Probidad (Art. 55)

Los funcionarios deben ejercer sus cargos con honestidad, rectitud y transparencia, anteponiendo siempre el interés público sobre consideraciones personales.

  • Probidad administrativa: principio constitucional exigible en el día a día
  • Obligación de informar: reportar irregularidades de las que tome conocimiento
  • Transparencia activa: cumplir con la Ley N° 20.285 de acceso a la información
  • Declaración de intereses: obligatoria para cargos directivos (Ley N° 20.880)
🕒

Jornada y Dedicación

Los funcionarios deben cumplir íntegramente su jornada laboral de 44 horas semanales, demostrando diligencia y eficiencia en el desempeño de sus tareas.

  • Cumplimiento de horario: obligación básica con registro de asistencia
  • Actualización permanente: mantenerse al día en materias de su competencia
  • Subrogación: asumir funciones de cargos superiores cuando corresponda
  • Comisiones de servicio: disponibilidad para destinaciones temporales
🚫

Prohibiciones e Incompatibilidades (Arts. 55–66)

La ley establece restricciones específicas para preservar la imparcialidad y dedicación de los funcionarios públicos chilenos.

  • Ejercicio de comercio: prohibido desarrollar actividades comerciales personales
  • Doble empleo público: salvo hasta 12 horas de docencia permitidas por ley
  • Conflictos de interés: prohibido intervenir donde haya interés personal o familiar
  • Uso de información privilegiada: prohibido beneficiarse personalmente o a terceros

Ejemplo práctico: Un funcionario del SII no puede prestar asesorías tributarias privadas. Un médico del sistema público puede ejercer práctica privada fuera de horario, declarando la actividad.

🤫

Secreto Funcionario y Reserva

Los funcionarios deben guardar reserva sobre asuntos que tengan carácter confidencial por su naturaleza o por instrucción de la autoridad.

  • Documentos reservados: tratamiento especial según clasificación
  • Datos personales: protección de información de terceros administrada en el ejercicio del cargo
  • Límite: la reserva no puede ser usada para encubrir irregularidades o actos ilícitos
Régimen Disciplinario

Sistema Disciplinario y Garantías (Arts. 67–77)

El sistema disciplinario chileno clasifica infracciones según gravedad y establece procedimientos garantistas que respetan el derecho a defensa de los funcionarios investigados.

Clasificación de faltas y sanciones progresivas
1

Faltas Leves → Amonestación

Incumplimientos menores que no afectan gravemente el servicio: atrasos reiterados, descuidos en presentación de informes. Sanción: amonestación verbal o escrita con registro en hoja de vida. Proceso: investigación sumaria breve (5–10 días).

2

Faltas Graves → Multa o Suspensión

Conductas que alteran significativamente el funcionamiento del servicio o comprometen la imagen institucional. Sanción: multa (descuento de remuneraciones) o suspensión temporal sin derecho a remuneración. Proceso: sumario administrativo con fiscal instructor.

3

Faltas Gravísimas → Destitución

Infracciones serias: corrupción, abandono de funciones, acoso laboral, conflicto de interés grave, vulneración de probidad. Sanción: destitución (cesación definitiva) con posible inhabilitación temporal para reingreso. Proceso: sumario administrativo completo.

Etapas del procedimiento disciplinario
1

Denuncia o Detección

La jefatura, otro funcionario o un ciudadano reporta una posible irregularidad. La autoridad evalúa preliminarmente si amerita investigación formal.

2

Investigación o Sumario

Para faltas leves: investigación sumaria (5–10 días). Para faltas graves o gravísimas: sumario administrativo con fiscal instructor designado que recopila pruebas y entrevista testigos.

3

Formulación de Cargos y Defensa

El funcionario tiene plazo (usualmente 10 días) para presentar descargos escritos, aportar pruebas y solicitar audiencia ante el fiscal. Derecho irrenunciable.

4

Resolución y Recursos

La autoridad resuelve fundadamente: absuelve, sanciona o sobresee. El funcionario puede recurrir ante autoridad superior, Contraloría General de la República y tribunales de justicia.

⚖️

Garantías del debido proceso

La Constitución y el Estatuto garantizan que ningún funcionario puede ser sancionado sin: conocer los cargos específicos, acceder a pruebas y antecedentes, presentar descargos y pruebas en su defensa, ser oído en audiencia si lo solicita, y recurrir de la sanción ante instancias superiores.

Evaluación

Evaluación de Desempeño en la Administración Pública

El sistema de evaluación anual es la herramienta clave que determina la progresión profesional del funcionario dentro del Estado chileno, basándose en criterios objetivos y predefinidos.

Factores de evaluación y ponderación
40%

Cumplimiento de metas

Logro de objetivos institucionales e individuales según planificación del período.

25%

Calidad del trabajo

Precisión, oportunidad y efectividad en el ejercicio de las funciones asignadas.

20%

Competencias conductuales

Trabajo en equipo, liderazgo, iniciativa y capacidad de adaptación al cambio.

15%

Comportamiento funcionario

Probidad, respeto, compromiso institucional y cumplimiento de normas internas.

Usos de los resultados de evaluación
🔍

Identificación de brechas

Detectar áreas donde el funcionario requiere capacitación o apoyo adicional para mejorar su desempeño.

📋

Plan de desarrollo individual

Establecer compromisos de mejora con plazos y recursos asignados en entrevista de retroalimentación.

Reconocimiento de excelencia

Los mejor evaluados acceden a incentivos, capacitaciones premium y oportunidades de ascenso.

🚨

Decisiones de carrera

Dos años consecutivos en Lista 3 o una ubicación en Lista 4 pueden ser causal de destitución.

📊

Mérito y antigüedad: factores complementarios

El sistema chileno pondera tanto el desempeño reciente (mérito) como los años de servicio (antigüedad). La evaluación es anual, con formularios estandarizados que incluyen autoevaluación, evaluación del jefe directo y en algunos servicios evaluación de pares (360°).

Ascenso y Carrera

Calificaciones, Escalafón y Ascensos

El sistema de listas de calificación determina la posición del funcionario en el escalafón y abre o cierra el acceso a oportunidades de promoción dentro del Estado.

Las cuatro listas de calificación (Arts. 27–37)
1

Lista 1 — Destacado

Desempeño sobresaliente. Acceso prioritario a ascensos, capacitaciones especializadas y cargos de mayor responsabilidad. Es el resultado esperado para un funcionario comprometido con su servicio.

2

Lista 2 — Bueno

Desempeño satisfactorio. Cumple con los estándares del cargo. Mantiene estabilidad laboral y puede postular a concursos internos cumpliendo demás requisitos.

3

Lista 3 — Condicional

Desempeño insuficiente. Requiere plan de mejora con plazos y compromisos. Dos años consecutivos en esta lista pueden constituir causal de destitución del servicio.

4

Lista 4 — Deficiente

Desempeño muy deficiente. Una sola calificación en lista 4 puede constituir causal de destitución. Causal grave que activa inmediatamente el proceso sancionatorio.

Requisitos para ascensos en el escalafón
🏆

Ascenso Vertical

Progresión a grados superiores dentro del escalafón.

↩ clic

Requisitos

  • Existencia de vacante en grado superior
  • Calificaciones destacadas (Lista 1)
  • Antigüedad mínima en grado actual
  • Aprobación de concurso interno
↔️

Movilidad Horizontal

Traslado a funciones equivalentes en otra unidad o servicio.

↩ clic

Características

  • Amplía experiencia profesional
  • Voluntaria o por necesidad del servicio
  • Mantiene grado y remuneración
  • Fomenta visión transversal del Estado
🎓

Rol de la Capacitación

Requisito habilitante para concursos y ascensos.

↩ clic

Modalidades

  • Cursos de perfeccionamiento técnico
  • Diplomados y especializaciones
  • Pasantías en otras instituciones
  • Plataformas virtuales del Estado
🔎

Transparencia y Control

Contraloría fiscaliza que ascensos respeten el mérito.

↩ clic

Mecanismos

  • Escalafón público y actualizado
  • Bases de concurso publicadas
  • Plazos de impugnación definidos
  • Toma de razón de la Contraloría
Término del Empleo

Causales de Término de la Relación Funcional

La cesación del vínculo entre un funcionario y el Estado chileno puede ocurrir por diversas causales, cada una con procedimientos y consecuencias específicas para el afectado.

Causal voluntaria

Renuncia Voluntaria

El funcionario presenta su renuncia con 30 días de anticipación. Es la forma más común y pacífica, requiriendo solo la aceptación de la autoridad competente. No implica consecuencias para una futura revinculación con el Estado.

Causal programada

Jubilación o Retiro

Al cumplir los requisitos de edad y años de servicio, los funcionarios acceden a pensión. Algunos servicios ofrecen incentivos para retiro anticipado o retiro voluntario incentivado (RVI) con compensación económica adicional durante reestructuraciones.

Causal disciplinaria

Destitución

Sanción máxima aplicada tras sumario administrativo por faltas gravísimas. Implica pérdida del cargo, registro permanente en la hoja de vida y posible prohibición temporal de reingreso al sector público chileno.

Causal por vencimiento

Término de Contrata

Los funcionarios a contrata cesan automáticamente al vencer el plazo. Sin embargo, la jurisprudencia chilena ha establecido límites cuando existe expectativa legítima de renovación tras múltiples años consecutivos, reconociendo derechos adicionales.

Causal institucional

Supresión del Cargo

Por reestructuración institucional, un cargo puede suprimirse legalmente. El funcionario afectado tiene derecho preferente a reubicación en cargo similar o indemnización. La ley protege contra reestructuraciones arbitrarias destinadas a remover personas específicas.

💡

Principio de protección ante el cese

Cada modalidad tiene implicaciones diferentes: la renuncia y jubilación son voluntarias y planificables; la destitución tiene consecuencias graves en la carrera; el término de contrata está crecientemente sujeto a revisión judicial; y la supresión de cargo debe ir acompañada de esfuerzos de reubicación que reconozcan la trayectoria al servicio del Estado.

Mitos y Realidades

Mitos sobre el Estatuto Administrativo

Existen creencias erróneas sobre la función pública y el Estatuto Administrativo que dificultan su correcta aplicación. Haz clic en cada tarjeta para ver la realidad basada en la ley.

MITO

«Los funcionarios a contrata tienen los mismos derechos que los de planta.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

Existen diferencias fundamentales: los funcionarios de planta gozan de inamovilidad plena, mientras que los a contrata pueden ser no renovados. Sin embargo, la jurisprudencia ha igualado progresivamente algunos derechos cuando hay expectativa legítima de renovación.

MITO

«El período de prueba es solo un formalismo sin consecuencias reales.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

El período de prueba de seis meses es una etapa de evaluación genuina. Durante él, el funcionario no goza de inamovilidad y puede ser desvinculado si no cumple los estándares mínimos. Es la última instancia de validación del proceso de selección.

MITO

«Un funcionario público no puede ser destituido sin importar lo que haga.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

La destitución es una sanción legítima y frecuentemente aplicada por faltas gravísimas (corrupción, conflictos de interés, acoso). La estabilidad en el empleo protege de cesaciones arbitrarias, pero no exime de responsabilidad por conductas contrarias a la probidad.

MITO

«La calificación anual no tiene impacto real en la carrera del funcionario.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

Las calificaciones determinan elegibilidad para ascensos, capacitaciones especializadas y asignaciones. Dos años consecutivos en Lista 3 o una Lista 4 son causales de destitución. Son la herramienta formal de gestión del desempeño más importante del estatuto.

MITO

«La probidad administrativa solo importa en cargos directivos.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

La probidad es un principio constitucional exigible a todos los funcionarios públicos, sin importar el nivel jerárquico. Un auxiliar que acepta un soborno incurre en la misma falta que un jefe de servicio. La ley no distingue por cargo al momento de exigir conducta íntegra.

MITO

«El sumario administrativo es solo un procedimiento que siempre termina en sanción.»

👀 Revelar la realidad
REALIDAD

El sumario puede terminar en absolución si las pruebas no sostienen los cargos. Es un procedimiento garantista que incluye derecho a defensa plena. La Contraloría General ha anulado sanciones cuando se vulneraron las garantías procesales del funcionario investigado.

Casos Prácticos

Jurisprudencia y Casos de Aplicación

La jurisprudencia administrativa y judicial chilena ha generado precedentes importantes sobre la aplicación del régimen disciplinario y los derechos funcionarios.

Casos relevantes de la administración pública chilena
01

Suspensión por Atrasos Reiterados

Funcionario municipal de Valparaíso suspendido 15 días tras acumular más de 20 atrasos injustificados en seis meses. Los tribunales confirmaron la sanción, estableciendo el principio de proporcionalidad de las sanciones en el sistema público chileno.

02

Destitución por Conflicto de Interés

Jefe de departamento en Santiago destituido al adjudicar contratos a empresa de su cónyuge sin declarar el conflicto. La Contraloría confirmó falta gravísima, independientemente del perjuicio económico efectivo al Estado. La conducta en sí es la infracción.

03

Protección de Contrata por Expectativa

Funcionaria a contrata con ocho años de renovaciones consecutivas obtuvo amparo judicial al no ser renovada sin fundamento. El tribunal reconoció expectativa legítima, limitando la discrecionalidad institucional en la no renovación.

04

Anulación de Sumario por Defecto Formal

Contraloría anuló destitución porque el fiscal instructor fue designado por autoridad sin competencia. El caso estableció que los vicios procedimentales del sumario pueden invalidad la sanción, aunque los hechos sean efectivos.

Impacto del Estatuto en la gestión pública chilena
📉

Reducción del clientelismo

El sistema meritocrático ha disminuido significativamente el clientelismo político en el empleo público, según estudios del Banco Mundial y la OCDE.

🏆

Profesionalización

Chile ha visto mejoras medibles en la calidad de sus servicios públicos desde la implementación sistemática del Estatuto y la creación de la ADP.

🤝

Cultura de servicio público

El marco legal contribuye a una identidad profesional donde los funcionarios se perciben como servidores del interés general comprometidos con la excelencia.

Recursos

Normativa y Recursos de Referencia

El Estatuto Administrativo se complementa con un marco normativo amplio de transparencia, probidad y modernización del Estado. A continuación, los referentes más relevantes.

Ley N° 18.834 — Estatuto Administrativo (DFL N°29, 2004)

Texto refundido, coordinado y sistematizado que regula la carrera funcionaria en la administración pública chilena. Disponible en www.bcn.cl/leychile.

Ley N° 19.882 — Alta Dirección Pública

Crea el Sistema de Alta Dirección Pública y el Servicio Civil, estableciendo concursos especializados para cargos directivos del Estado y regulando los cargos de confianza.

Ley N° 20.285 — Transparencia y Acceso a la Información

Establece el principio de transparencia activa y el derecho de acceso a información pública. Regula la publicación obligatoria de remuneraciones, contrataciones y actos administrativos.

Ley N° 20.880 — Probidad en la Función Pública

Establece normas sobre declaración de intereses y patrimonio, regulando la prevención de conflictos de interés para funcionarios de alta jerarquía del Estado.

Ley N° 19.880 — Bases de Procedimientos Administrativos

Establece y regula las bases del procedimiento administrativo de los actos de los órganos de la Administración del Estado, complementando el régimen disciplinario.

Instituciones y plataformas clave
Autoevaluación

Quiz de Comprensión del Módulo

Pon a prueba lo aprendido sobre el Estatuto Administrativo. Selecciona la respuesta correcta y recibe retroalimentación inmediata con fundamento legal.

Pregunta 1 de 10
🏆

OTEC JCCD LTDA · Módulo 2 · Estatuto Administrativo · Ley N° 18.834
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